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Fecha cierta y la Ley Antilavado de Dinero: Lo que debes saber sobre la nueva obligación en México

La reciente tesis del Tribunal Federal de Justicia Administrativa establece que los contratos bajo la Ley Antilavado de Dinero en México deben contar con “fecha cierta” para tener valor probatorio.
Escrito por:
Cincel
Publicado
October 13, 2025
Nom 151
Compliance
Enterprise
PSC

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) publicó el 10 de julio de 2025 la tesis IX-P-SS-463 que cambia el panorama regulatorio en México: los contratos relacionados con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI, conocida como “Ley Antilavado”) ahora deben contar con fecha cierta para tener valor probatorio pleno.

Esto significa que las empresas, en especial las del sector financiero y aquellas que realizan actividades vulnerables (como inmobiliarias, fintech, casas de cambio, cripto, venta de autos, joyería, entre otras), deberán demostrar no solo que sus operaciones existieron, sino que se realizaron en una fecha verificable e inalterable.

En este artículo explicamos qué significa este cambio, qué implica para las organizaciones y cómo Cincel, como PSC autorizado, se convierte en un aliado estratégico para cumplir con esta nueva exigencia legal.

¿Qué es la “fecha cierta” y por qué ahora es clave en la Ley Antilavado?

La fecha cierta es un requisito jurídico que garantiza que un documento existía en un momento determinado y que no ha sido manipulado. Antes, este requisito se exigía en el ámbito fiscal. Sin embargo, la nueva tesis amplía su alcance al cumplimiento de la Ley Antilavado. En términos simples:

  • Si una empresa presenta un contrato para acreditar que cumplió con sus obligaciones en materia de PLD/FT, este contrato solo tendrá pleno valor probatorio si cuenta con fecha cierta.
  • Sin este elemento, la autoridad puede desconocer la validez de la operación y sancionar al sujeto obligado.

¿Qué establece la nueva tesis del TFJA?

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa establecieron que:

"El requisito de fecha cierta también resulta indispensable para otorgar valor probatorio pleno a los contratos con los que se pretende acreditar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita."

Justificación legal

La decisión se fundamenta en que solo a través de la fecha cierta se tendrá certeza de que:

  • La fecha del documento no es anterior o posterior al período revisado.
  • No pudo ser manipulada por las partes firmantes.
  • No fue alterada por la persona sujeta a verificación y sanción.
  • Cumple con el objetivo de protección del sistema financiero nacional.

¿Qué empresas y sectores están obligados?

La obligación aplica principalmente a:

  • Instituciones financieras
    • Bancos comerciales y de desarrollo
    • Casas de bolsa
    • Sociedades financieras de objeto limitado (SOFOLES)
    • Sociedades cooperativas de ahorro y préstamo
    • Uniones de crédito
    • Arrendadoras financieras
    • Empresas de factoraje
  • Actividades vulnerables según la Ley Antilavado, como:
    • Compra y venta de inmuebles
    • Comercialización de metales y joyas
    • Compra y venta de vehículos
    • Intercambio y custodia de criptoactivos
    • Juegos, apuestas y sorteos

En la práctica, cualquier empresa que celebre contratos en estas categorías deberá garantizar que estos documentos tengan fecha cierta.

Casos de uso

Para Bancos:

  • Contratos de apertura de cuentas
  • Procesos de onboarding remoto de clientes
  • Validación de expedientes digitales
  • Contratos de crédito y servicios financieros

Para Actividades vulnerables:

  • Contratos de compraventa inmobiliaria
  • Acuerdos de intercambio de criptoactivos
  • Transacciones de bienes de lujo
  • Documentación de due diligence

¿Cómo cumplir con este requisito? La NOM-151 como solución

Tradicionalmente, la fecha cierta se obtenía a través de fedatarios públicos en documentos físicos. Pero en el mundo digital, la NOM-151-SCFI-2016 establece el marco para emitir constancias de conservación y sellos digitales de tiempo que cumplen con el mismo valor probatorio.

En palabras de Carla Vazquez Wallach, Chief Legal Officer en Cincel:

“La NOM-151 aporta, en el entorno digital, valor probatorio bajo el principio de equivalencia funcional sobre la fecha cierta lo que anteriormente únicamente se atribuía a registros o escrituras públicas. Ahora, conforme a este precedente judicial, puede extenderse su uso a contratos y procesos de verificación exigidos por la Ley Antilavado.”

Beneficios específicos:

  1. Equivalencia legal: La PRODECON ya estableció que la NOM-151 aporta valor probatorio equivalente a la fecha cierta notarial.
  2. Integridad documental: Garantiza que los documentos no hayan sido manipulados.
  3. Trazabilidad completa: Proporciona evidencia forense de cada transacción.
  4. Cumplimiento múltiple: Satisface obligaciones fiscales y PLD simultáneamente.

Riesgos de No Cumplimiento

Consecuencias legales:

  • Rechazo de pruebas documentales en procedimientos administrativos
  • Sanciones por incumplimiento de obligaciones PLD
  • Pérdida de valor probatorio en litigios
  • Exposición a multas de autoridades financieras

Costos operativos:

  • Requerimientos adicionales de documentación
  • Procesos manuales de validación
  • Mayor tiempo en auditorías regulatorias
  • Riesgo reputacional ante autoridades

¿Cómo ayuda Cincel?

Cincel, como Prestador de Servicios de Certificación (PSC) autorizado por la Secretaría de Economía, ofrece:

  • Constancias de conservación NOM-151 para contratos y expedientes digitales.
  • Sellos digitales de tiempo con validez jurídica y auditable ante autoridades.
  • Firma electrónica avanzada (incluyendo e.firma del SAT y FIREL).
  • Plataforma integral para gestionar onboarding, contratos y verificaciones con plena seguridad y cumplimiento.

Esto convierte a Cincel en la herramienta ideal para que bancos, fintech, inmobiliarias y empresas con actividades vulnerables puedan cumplir con la nueva obligación de forma ágil y 100% digital.

Cumple con el nuevo requisito 

La exigencia de fecha cierta en contratos para demostrar el cumplimiento a la Ley Antilavado marca un precedente clave para el cumplimiento regulatorio en México. Lejos de ser un obstáculo, representa una oportunidad para que las organizaciones fortalezcan sus procesos de prevención de lavado de dinero y construyan mayor confianza con clientes y autoridades.

👉 ¿Quieres garantizar que tus contratos y procesos cumplen con la NOM-151 y esta nueva obligación legal? Agenda una reunión con el equipo de Cincel y conoce cómo podemos ayudarte: https://www.cincel.digital/contact-sales